Como regla general, las donaciones que cumplen los requisitos del artículo 257 del Estatuto Tributario no se tratan como una deducción de la renta. En su lugar, pueden generar un descuento tributario que se resta del impuesto sobre la renta, siempre que se cumplan las condiciones aplicables.
La diferencia es importante: una deducción disminuye la renta sobre la cual se calcula el impuesto, mientras que un descuento tributario se aplica directamente sobre el impuesto determinado.
Por eso, aunque es frecuente buscar información sobre “donaciones deducibles de renta”, el tratamiento tributario depende del tipo de donación, de quién la recibe, del contribuyente que la realiza y de los requisitos previstos en la normativa.
Información revisada con normativa vigente consultada en septiembre de 2026.
Deducción y descuento tributario no significan lo mismo
Para comprender el beneficio tributario de una donación es necesario diferenciar estos dos conceptos:
| Concepto | Cómo funciona | Efecto tributario |
|---|---|---|
| Deducción | Se resta al determinar la renta sobre la cual se calcula el impuesto. | Puede disminuir la base utilizada para determinar el impuesto. |
| Descuento tributario | Se resta directamente del impuesto sobre la renta determinado, sujeto a las reglas y límites aplicables. | Reduce directamente el impuesto dentro de los límites permitidos. |
| Donación bajo la regla general del artículo 257 | Puede generar un descuento equivalente al 25% del valor donado si se cumplen los requisitos. | Opera como descuento tributario, no como deducción general de la renta. |
¿Cuál es la regla general para las donaciones en renta?
El artículo 257 del Estatuto Tributario establece que las donaciones realizadas a determinadas entidades pueden dar derecho a un descuento tributario equivalente al 25% del valor donado durante el año o período gravable.
Entre los posibles beneficiarios se encuentran las entidades sin ánimo de lucro que hayan sido calificadas en el Régimen Tributario Especial y determinadas entidades no contribuyentes contempladas en los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario.
Esto no significa que cualquier aporte a una fundación, asociación u organización genere automáticamente el beneficio. Antes de aplicarlo es necesario comprobar la situación tributaria de la entidad receptora y el cumplimiento de los requisitos de la donación.
¿El beneficio es del 25% de la donación o del impuesto?
Son dos reglas diferentes que no deben confundirse.
En primer lugar, el artículo 257 establece que el descuento por una donación que cumpla la regla general equivale al 25% del valor donado.
Por otra parte, el artículo 258 establece una limitación conjunta para los descuentos tributarios contemplados en los artículos 255, 256 y 257: en conjunto no pueden exceder el 25% del impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el respectivo año gravable.
Cuando el límite impide utilizar completamente un descuento originado en una donación bajo el artículo 257, la normativa permite tomar el exceso en el período gravable siguiente, de acuerdo con las condiciones aplicables.
¿A qué entidades se puede donar para obtener el descuento tributario?
No basta con que la organización receptora sea una entidad sin ánimo de lucro.
Cuando se trate de una entidad que debe pertenecer al Régimen Tributario Especial, su calificación debe cumplir las condiciones previstas en el Estatuto Tributario. También existen entidades no contribuyentes de los artículos 22 y 23 que pueden encontrarse dentro del tratamiento previsto por el artículo 257.
Antes de realizar la donación con la intención de utilizar un beneficio tributario, es recomendable verificar la condición de la entidad receptora y solicitar la documentación que permita soportar posteriormente la operación.
¿Qué requisitos debe cumplir una donación?
La procedencia del descuento no depende únicamente del valor entregado. La operación debe cumplir requisitos relacionados con la entidad beneficiaria, la modalidad de la donación y sus soportes.
Donaciones en dinero
Cuando la donación se realiza en dinero, la normativa establece modalidades que permiten demostrar la operación, como el uso de cheque, tarjeta de crédito o un intermediario financiero.
Donaciones de activos
También pueden existir donaciones de bienes o activos. Su valoración tributaria está sometida a reglas específicas. Para otros activos distintos del dinero o títulos valores, debe considerarse, entre otros criterios, el menor valor entre el valor comercial y el costo fiscal del bien donado.
Certificación de la donación
La entidad receptora debe expedir la certificación correspondiente cuando sea exigible. Esta documentación permite soportar aspectos como la fecha, el valor, la naturaleza del bien entregado, la forma en que se realizó la donación y su destinación.
El certificado y los demás soportes deben conservarse junto con la documentación utilizada para preparar la declaración de renta.
¿Donar servicios genera el mismo beneficio tributario?
No debe asumirse que prestar gratuitamente un servicio equivale, para efectos fiscales, a una donación que genere el descuento tributario.
La doctrina de la DIAN ha señalado que la denominada donación de servicios no produce el mismo efecto fiscal previsto para las modalidades de donación reconocidas por la normativa tributaria.
Si el aporte no consiste en dinero o en un activo, conviene revisar previamente su tratamiento antes de incluir algún beneficio en la declaración de renta.
Tratamiento especial para donaciones a bancos de alimentos
Desde el año gravable 2025 existe un tratamiento especial para determinadas donaciones de alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene y aseo realizadas a los bancos de alimentos y organizaciones que cumplen las condiciones establecidas en la Ley 2380 de 2024.
En estos casos puede existir un descuento de hasta el 37% del valor donado. La norma también contempla, bajo sus condiciones, determinados costos de transporte asociados a poner los bienes a disposición del donatario.
Cuando este beneficio no pueda aplicarse en el período en que se genera, la regulación especial permite su imputación en períodos gravables posteriores hasta el límite previsto por la ley.
Este tratamiento es específico y no debe aplicarse automáticamente a otras clases de donaciones.
¿Existen donaciones que sí tienen un tratamiento de deducción?
Sí. La legislación contempla tratamientos especiales que no deben confundirse con la regla general del artículo 257.
Un ejemplo es el incentivo previsto en el artículo 125 del Estatuto Tributario para determinadas donaciones realizadas por personas jurídicas a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y a la Biblioteca Nacional, sujeto a sus propios requisitos y procedimientos.
Por esta razón, el tratamiento tributario debe determinarse según la naturaleza de la donación y la norma específica que resulte aplicable.
¿Cómo revisar una donación antes de incluirla en la declaración de renta?
- Identifica a la entidad receptora. Comprueba si pertenece al Régimen Tributario Especial o si corresponde a una de las entidades contempladas por la normativa aplicable.
- Determina la naturaleza de la donación. No tiene el mismo tratamiento una entrega de dinero, un activo, alimentos destinados a un banco de alimentos o la prestación gratuita de un servicio.
- Revisa la modalidad utilizada. Verifica que la operación cumpla los requisitos previstos para la forma en que fue realizada.
- Solicita y conserva los soportes. Revisa que la certificación y los documentos de pago o entrega permitan demostrar la donación y su valor.
- Determina qué beneficio corresponde. Confirma si se trata de un descuento tributario general, un régimen especial u otra disposición aplicable.
- Revisa los límites antes de presentar la declaración. El valor teórico del beneficio no significa necesariamente que pueda utilizarse en su totalidad durante el mismo período gravable.
Ejemplo sencillo del descuento por una donación
Si un contribuyente realiza una donación de $1.000.000 que cumple todos los requisitos de la regla general del artículo 257, el descuento tributario generado sería, en principio, de $250.000.
Esto no significa que se resten $1.000.000 de la renta gravable. Tampoco significa que siempre puedan utilizarse inmediatamente los $250.000 completos, porque antes debe revisarse el límite aplicable a los descuentos tributarios y las demás condiciones de la declaración.
El ejemplo es únicamente ilustrativo. La aplicación efectiva depende de la situación tributaria de cada contribuyente.
Errores que conviene evitar
- Tratar cualquier donación como una deducción de la renta.
- Suponer que cualquier fundación puede emitir una donación con beneficio tributario.
- Confundir el 25% del valor donado con el límite del 25% del impuesto a cargo.
- Aplicar un beneficio sin verificar la condición tributaria de la entidad receptora.
- Utilizar una valoración arbitraria para bienes donados.
- Asumir que la prestación gratuita de servicios genera automáticamente el descuento.
- No conservar la certificación y los soportes de la operación.
- Aplicar a cualquier donación el tratamiento especial previsto para bancos de alimentos.
Preguntas frecuentes sobre donaciones y declaración de renta
¿Todas las donaciones son deducibles de renta?
No. La regla general para determinadas donaciones contempladas en el artículo 257 es un descuento tributario y no una deducción de la renta. Además, la entidad receptora y la operación deben cumplir los requisitos correspondientes.
¿Cuánto puedo descontar por una donación?
Bajo la regla general del artículo 257, el descuento equivale al 25% del valor donado. Su utilización está sometida a las limitaciones previstas para los descuentos tributarios.
¿Todas las entidades sin ánimo de lucro permiten obtener el descuento?
No. Cuando corresponda, la entidad debe estar calificada en el Régimen Tributario Especial y cumplir los requisitos aplicables. También existen determinadas entidades no contribuyentes contempladas por la legislación.
¿Una donación en especie puede generar el beneficio?
Puede hacerlo cuando se cumplen las condiciones aplicables a la entidad receptora, la modalidad de la donación, su valoración y los soportes correspondientes.
¿Puedo aplicar como donación las horas de trabajo o servicios que presto gratuitamente?
No debe asumirse. La doctrina de la DIAN ha señalado que la denominada donación de servicios no produce el mismo efecto fiscal de las donaciones contempladas para este beneficio.
¿Qué ocurre si el límite no permite utilizar todo el descuento?
Para el descuento general del artículo 257, el exceso sujeto a la limitación correspondiente puede utilizarse en el período gravable siguiente. Los tratamientos especiales pueden tener reglas diferentes.
¿El descuento especial para bancos de alimentos es del 37%?
Determinadas donaciones de alimentos aptos para consumo humano y bienes de higiene y aseo realizadas a beneficiarios expresamente contemplados por la Ley 2380 de 2024 pueden acceder, desde el año gravable 2025, a un descuento de hasta el 37% del valor donado, sujeto a sus requisitos particulares.
¿Necesitas revisar cómo una donación afecta tu declaración de renta?
El tratamiento depende del tipo de donación, la entidad receptora, los soportes disponibles, el período gravable y la situación tributaria del contribuyente.
Si eres persona natural, ASEMTRI puede revisar la información y los documentos de tu caso para preparar la declaración que corresponda. Puedes conocer el servicio de declaración de renta para persona natural.
Para necesidades tributarias de empresas también puedes consultar el servicio de liquidación de impuestos.
Fuentes normativas principales
- Estatuto Tributario: artículos 125, 125-1, 125-2, 257 y 258.
- Decreto 1625 de 2016 y normas reglamentarias aplicables al tratamiento tributario de las donaciones.
- Ley 2380 de 2024, sobre el tratamiento especial de determinadas donaciones a bancos de alimentos.
- Doctrina y Compilación Jurídica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN.
La aplicación de estas normas depende de las circunstancias particulares de cada contribuyente y de la operación realizada.
