¿Cuándo se presenta la declaración de renta en 2026?
Las personas naturales obligadas a presentar declaración de renta por el año gravable 2025 tienen vencimientos durante 2026 según los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
El calendario general establecido por la DIAN comienza el 12 de agosto de 2026 y termina el 26 de octubre de 2026.
La fecha correspondiente a cada NIT es el plazo máximo para presentar la declaración y, cuando exista un valor a pagar, cumplir con el pago dentro del plazo aplicable.
Información actualizada al 11 de septiembre de 2026.
Calendario de declaración de renta 2026 para personas naturales
Busca los dos últimos dígitos del NIT que aparecen en tu RUT y consulta la fecha correspondiente.
Vencimientos en agosto de 2026
| Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite |
|---|---|
| 01-02 | 12 de agosto de 2026 |
| 03-04 | 13 de agosto de 2026 |
| 05-06 | 14 de agosto de 2026 |
| 07-08 | 18 de agosto de 2026 |
| 09-10 | 19 de agosto de 2026 |
| 11-12 | 20 de agosto de 2026 |
| 13-14 | 21 de agosto de 2026 |
| 15-16 | 24 de agosto de 2026 |
| 17-18 | 25 de agosto de 2026 |
| 19-20 | 26 de agosto de 2026 |
| 21-22 | 27 de agosto de 2026 |
| 23-24 | 28 de agosto de 2026 |
| 25-26 | 31 de agosto de 2026 |
Vencimientos en septiembre de 2026
| Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite |
|---|---|
| 27-28 | 1 de septiembre de 2026 |
| 29-30 | 2 de septiembre de 2026 |
| 31-32 | 3 de septiembre de 2026 |
| 33-34 | 4 de septiembre de 2026 |
| 35-36 | 7 de septiembre de 2026 |
| 37-38 | 8 de septiembre de 2026 |
| 39-40 | 9 de septiembre de 2026 |
| 41-42 | 10 de septiembre de 2026 |
| 43-44 | 11 de septiembre de 2026 |
| 45-46 | 14 de septiembre de 2026 |
| 47-48 | 15 de septiembre de 2026 |
| 49-50 | 16 de septiembre de 2026 |
| 51-52 | 17 de septiembre de 2026 |
| 53-54 | 18 de septiembre de 2026 |
| 55-56 | 21 de septiembre de 2026 |
| 57-58 | 22 de septiembre de 2026 |
| 59-60 | 23 de septiembre de 2026 |
| 61-62 | 24 de septiembre de 2026 |
| 63-64 | 25 de septiembre de 2026 |
| 65-66 | 28 de septiembre de 2026 |
Vencimientos en octubre de 2026
| Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite |
|---|---|
| 67-68 | 1 de octubre de 2026 |
| 69-70 | 2 de octubre de 2026 |
| 71-72 | 5 de octubre de 2026 |
| 73-74 | 6 de octubre de 2026 |
| 75-76 | 7 de octubre de 2026 |
| 77-78 | 8 de octubre de 2026 |
| 79-80 | 9 de octubre de 2026 |
| 81-82 | 13 de octubre de 2026 |
| 83-84 | 14 de octubre de 2026 |
| 85-86 | 15 de octubre de 2026 |
| 87-88 | 16 de octubre de 2026 |
| 89-90 | 19 de octubre de 2026 |
| 91-92 | 20 de octubre de 2026 |
| 93-94 | 21 de octubre de 2026 |
| 95-96 | 22 de octubre de 2026 |
| 97-98 | 23 de octubre de 2026 |
| 99-00 | 26 de octubre de 2026 |
¿Cómo saber qué fecha de declaración de renta me corresponde?
La fecha se determina con los dos últimos dígitos del NIT que consta en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Por ejemplo, si tu NIT termina en 89, debes buscar la fila 89-90 del calendario. En el calendario general de 2026, esa terminación tiene como fecha límite el 19 de octubre de 2026.
Consultar directamente el RUT permite identificar correctamente el NIT utilizado para establecer el vencimiento.
Plazos especiales de renta por el terremoto de agosto de 2026
El Decreto 1226 de 2026 estableció plazos especiales para determinadas personas naturales y sucesiones ilíquidas afectadas por el evento sísmico ocurrido el 10 de agosto de 2026.
La medida aplica a contribuyentes obligados a declarar renta cuyos NIT terminan entre 01 y 26 y que, al 10 de agosto de 2026, tenían registrado su domicilio fiscal en municipios pertenecientes a las direcciones seccionales de la DIAN señaladas en el decreto, ubicadas en Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca.
Quienes cumplan las condiciones establecidas deben tener en cuenta los siguientes vencimientos especiales:
| Dos últimos dígitos del NIT | Fecha límite especial |
|---|---|
| 01-02 | 27 de octubre de 2026 |
| 03-04 | 28 de octubre de 2026 |
| 05-06 | 29 de octubre de 2026 |
| 07-08 | 30 de octubre de 2026 |
| 09-10 | 3 de noviembre de 2026 |
| 11-12 | 4 de noviembre de 2026 |
| 13-14 | 5 de noviembre de 2026 |
| 15-16 | 6 de noviembre de 2026 |
| 17-18 | 9 de noviembre de 2026 |
| 19-20 | 10 de noviembre de 2026 |
| 21-22 | 11 de noviembre de 2026 |
| 23-24 | 12 de noviembre de 2026 |
| 25-26 | 13 de noviembre de 2026 |
Los contribuyentes que no cumplen las condiciones establecidas para estos plazos especiales deben atender las fechas del calendario general.
Para determinar si la medida aplica a un caso concreto, debe revisarse el domicilio fiscal registrado en el RUT y las demás condiciones establecidas en el Decreto 1226 de 2026.
Tener una fecha en el calendario no significa que debas declarar renta
El calendario indica cuándo debe cumplir la obligación una persona que está obligada a declarar. Por sí solo, no determina si debes presentar declaración de renta.
La obligación de declarar depende de las condiciones tributarias aplicables al año gravable 2025 y de la situación particular del contribuyente.
Además, presentar declaración de renta no significa necesariamente tener impuesto por pagar. La obligación de declarar y el resultado de la liquidación son conceptos diferentes.
¿Se puede presentar la declaración antes de la fecha de vencimiento?
Sí. La fecha indicada en el calendario corresponde al plazo máximo; no es necesario esperar hasta ese día para presentar la declaración.
Antes de presentarla es importante contar con la información y los soportes que correspondan a la situación fiscal del declarante. Los documentos necesarios pueden variar según sus ingresos, patrimonio, inversiones, retenciones y demás circunstancias tributarias.
¿Necesitas presentar tu declaración de renta?
ASEMTRI ofrece el servicio de liquidación y presentación de la declaración de renta ante la DIAN. El declarante reúne y entrega los documentos solicitados según su situación fiscal.
Una vez recibidos el pago y la documentación completa, la declaración se elabora en un plazo máximo de 48 horas.
Si únicamente necesitas resolver preguntas puntuales sobre declaración de renta, ASEMTRI también ofrece una asesoría de pago, distinta del servicio de liquidación y presentación.
Conoce el servicio de declaración de renta para personas naturales
Preguntas frecuentes sobre el calendario de renta 2026
¿Hasta cuándo pueden declarar renta las personas naturales en 2026?
En el calendario general, los vencimientos van del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026. La fecha exacta depende de los dos últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación.
¿Qué año gravable se declara en 2026?
Durante 2026 se presenta la declaración correspondiente al año gravable 2025.
¿La fecha se determina con la cédula o con el NIT?
El calendario utiliza los dos últimos dígitos del NIT que consta en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
¿Puedo presentar la declaración antes de mi fecha límite?
Sí. La fecha asignada es el vencimiento máximo. La declaración puede presentarse antes cuando ya se cuenta con la información necesaria.
¿Declarar renta significa que necesariamente debo pagar impuesto?
No. Estar obligado a presentar declaración y obtener un impuesto a cargo son situaciones diferentes. El resultado depende de la información y de las reglas tributarias aplicables al caso.
¿Las personas naturales residentes en el exterior tienen otras fechas?
La DIAN indica que las personas naturales residentes en el exterior deben tener en cuenta los mismos plazos establecidos para cumplir esta obligación, cuando estén obligadas a declarar.
¿Los plazos especiales por el terremoto aplican a todos los declarantes?
No. Aplican únicamente a quienes cumplen las condiciones previstas en el Decreto 1226 de 2026, entre ellas la terminación del NIT y el domicilio fiscal correspondiente.
Fuentes oficiales
Las fechas y condiciones de este contenido fueron verificadas con información oficial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), incluido el Calendario Tributario 2026, la información oficial sobre la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2025 y el Decreto 1226 de 2026 para los plazos especiales.
