¿Qué es una declaración de renta sugerida?

La declaración de renta sugerida es una herramienta de la DIAN que prediligencia algunas casillas del Formulario 210 con información disponible sobre el contribuyente. Conozca cómo funciona, qué datos debe revisar y por qué no sustituye la verificación de su situación tributaria.

¿Qué es una declaración de renta sugerida?

La declaración de renta sugerida es una herramienta de facilitación que la DIAN pone a disposición de personas naturales residentes fiscales para ayudarles a diligenciar su declaración del impuesto sobre la renta.

Para el año gravable 2025, presentado en 2026, la DIAN utiliza información reportada por terceros mediante información exógena y datos provenientes de transacciones del Sistema de Facturación Electrónica para prediligenciar algunas casillas del Formulario 210.

Sin embargo, la declaración sugerida no es obligatoria ni constituye una declaración definitiva. Es un mecanismo de orientación: el contribuyente debe revisar, validar, completar y, cuando corresponda, modificar la información antes de presentar su declaración.

¿Cómo funciona la declaración sugerida de la DIAN?

La DIAN recibe información sobre operaciones económicas de los contribuyentes a través de diferentes fuentes. Parte de esos datos corresponde a información que empleadores, entidades financieras, empresas y otros obligados reportan a la administración tributaria.

Con estos datos y determinada información del Sistema de Facturación Electrónica, la DIAN puede prediligenciar algunos campos del Formulario 210.

El resultado sirve como punto de partida para preparar la declaración, pero no reemplaza la revisión de los documentos, soportes y circunstancias particulares del contribuyente.

¿Qué información puede aparecer en la declaración sugerida?

La información disponible depende de los datos que la DIAN tenga para cada contribuyente y del año gravable correspondiente.

Para el año gravable 2025, la DIAN indica que puede prediligenciar información relacionada, entre otros conceptos, con:

  • patrimonio bruto y deudas;
  • ingresos por rentas de trabajo;
  • ingresos por actividades que no provienen de una relación laboral;
  • rentas de capital;
  • rentas no laborales;
  • ingresos no constitutivos de renta;
  • determinados aportes voluntarios;
  • pensiones;
  • dividendos y participaciones;
  • ganancias ocasionales;
  • determinadas rentas exentas y deducciones;
  • donaciones;
  • anticipo de renta del año anterior;
  • saldo a favor del año gravable anterior;
  • retenciones correspondientes al año gravable.

Que estos conceptos puedan aparecer prediligenciados no significa que todos los valores estén completos o que necesariamente deban declararse exactamente como aparecen.

¿Qué información puede no estar incluida?

La declaración sugerida no contiene necesariamente todos los elementos que una persona necesita para preparar correctamente su declaración de renta.

Existen datos que la DIAN no puede determinar únicamente con los reportes de terceros o que dependen de las condiciones particulares del contribuyente.

Según la información publicada por la DIAN para el año gravable 2025, pueden existir conceptos que deban ser incorporados, revisados o calculados directamente por el contribuyente, como determinados:

  • costos procedentes;
  • deducciones;
  • rentas exentas;
  • beneficios tributarios específicos;
  • compensaciones por pérdidas fiscales;
  • ingresos o situaciones que no hayan sido informados correctamente por terceros;
  • valores que aparezcan en cero pero deban diligenciarse según la situación real del contribuyente.

Por esta razón, no es recomendable interpretar la declaración sugerida como un formulario completo que simplemente debe aceptarse y presentarse.

¿Cuál es la diferencia entre información exógena y declaración sugerida?

Aunque están relacionadas, la información exógena y la declaración sugerida no son lo mismo.

ConceptoInformación exógenaDeclaración sugerida
Qué esInformación que terceros reportan a la DIAN sobre operaciones relacionadas con el contribuyente.Herramienta que utiliza información disponible para prediligenciar determinadas casillas del Formulario 210.
Para qué sirvePermite consultar parte de la información que terceros han reportado a nombre del contribuyente.Facilita el diligenciamiento inicial de determinadas partes de la declaración.
¿Reemplaza los soportes propios?No.No.
¿Puede contener inconsistencias?Sí, si un tercero reportó información incorrecta o incompleta.Sí, porque algunos valores dependen de la información reportada por terceros y pueden requerir ajustes.

La información exógena es una fuente útil para contrastar datos, mientras que la declaración sugerida utiliza parte de la información disponible para facilitar el diligenciamiento del formulario.

¿Qué hacer si encuentra información incorrecta?

Primero es necesario identificar de dónde proviene el dato.

Si la inconsistencia corresponde a información exógena reportada por un tercero, como un banco, empleador, empresa u otra persona obligada a informar, la DIAN señala que no puede corregir directamente ese reporte.

En estos casos, el contribuyente debe contactar a la persona o entidad que realizó el reporte para solicitar la revisión y, cuando corresponda, la corrección de la información.

Esto no significa que deba presentar su declaración con un valor que no corresponda con su realidad. La información utilizada finalmente en la declaración debe reflejar su situación jurídica, económica y financiera y contar con los soportes correspondientes.

¿Los valores de la declaración sugerida pueden cambiar?

Sí. Los valores sugeridos pueden modificarse cuando una persona o entidad que reportó información a la DIAN corrige, reemplaza o actualiza sus datos.

Por eso es recomendable revisar nuevamente la información disponible antes de firmar y presentar la declaración, especialmente si previamente se identificó una inconsistencia o se solicitó a un tercero realizar una corrección.

¿Qué debe revisar antes de presentar una declaración sugerida?

Antes de presentar la declaración es necesario comprobar que la información corresponda con la situación real del contribuyente.

Entre otros aspectos, conviene revisar:

  1. los ingresos realmente obtenidos durante el año gravable;
  2. el patrimonio y las deudas existentes al cierre del periodo;
  3. las retenciones y los certificados que las soportan;
  4. los bienes, ingresos u operaciones que deban declararse y no aparezcan prediligenciados;
  5. los costos, deducciones, rentas exentas y demás conceptos que correspondan al caso;
  6. la coincidencia entre los datos reportados por terceros y los documentos propios;
  7. los campos que aparezcan en cero pero que deban diligenciarse;
  8. que el resultado final refleje la realidad jurídica, económica y financiera del declarante.

Los documentos necesarios varían de acuerdo con los ingresos, bienes, deudas, actividades y demás circunstancias de cada persona.

¿Puedo modificar una declaración sugerida?

Sí. La DIAN permite modificar, adicionar o eliminar los datos sugeridos cuando sea necesario para que la declaración corresponda con la realidad del contribuyente.

También deben diligenciarse los demás campos aplicables que no tengan un valor sugerido.

Una vez revisada y completada la información, el contribuyente puede continuar con el proceso de presentación y, si existe un valor a pagar, con el procedimiento correspondiente.

¿Es obligatorio utilizar la declaración sugerida?

No. La declaración sugerida es opcional.

Si los valores sugeridos no reflejan adecuadamente la situación tributaria del contribuyente, o si este prefiere elaborar la declaración desde el inicio, puede hacerlo utilizando las herramientas disponibles para diligenciar el Formulario 210.

¿Tener una declaración sugerida significa que debo declarar renta?

La obligación de presentar declaración de renta debe determinarse de acuerdo con las condiciones establecidas para el año gravable correspondiente.

Por ello, antes de presentar cualquier formulario debe verificarse si existe obligación de declarar y cuáles reglas resultan aplicables a la situación particular.

También es importante diferenciar entre estar obligado a presentar declaración de renta y tener un impuesto a pagar. Presentar una declaración no significa automáticamente que exista impuesto a cargo.

¿Qué pasa si no aparece una declaración sugerida?

La ausencia de una declaración sugerida no sustituye el análisis de la obligación tributaria.

Si una persona está obligada a declarar, deberá preparar y presentar su declaración con la información y los soportes correspondientes, independientemente de que la DIAN haya puesto o no una declaración sugerida a su disposición.

Para quienes se registran por primera vez como usuarios, la DIAN también advierte que algunas herramientas de facilitación pueden no estar disponibles inmediatamente después de habilitar la cuenta.

¿Quién es responsable de la información presentada?

La declaración sugerida es una herramienta de orientación. La responsabilidad sobre la exactitud de la información que finalmente se incluye y presenta continúa siendo del contribuyente.

Por eso deben conservarse y revisarse los documentos que respalden los valores declarados y no utilizar automáticamente un dato únicamente porque aparezca prediligenciado en el sistema.

¿Necesita liquidar y presentar su declaración de renta?

Si después de revisar su situación debe presentar declaración de renta, ASEMTRI ofrece el servicio de liquidación y presentación de la declaración de renta de persona natural ante la DIAN.

El servicio se elabora con base en la información y los documentos que el declarante entrega según su situación fiscal. El cliente debe reunir y aportar los documentos solicitados para su caso.

Este servicio es diferente de la asesoría para resolver preguntas puntuales sobre declaración de renta, que ASEMTRI presta como un servicio independiente con costo.

Puede conocer el alcance, los documentos requeridos y el proceso en nuestro servicio de declaración de renta para persona natural.

Preguntas frecuentes sobre la declaración sugerida

¿Debo aceptar todos los valores que aparecen en la declaración sugerida?

No. Los valores deben revisarse y pueden modificarse, adicionarse o eliminarse cuando sea necesario para reflejar correctamente la situación del contribuyente.

¿La declaración sugerida contiene toda mi información tributaria?

No necesariamente. Existen campos y conceptos que pueden requerir información adicional, cálculos propios o revisión de documentos que no están incluidos automáticamente.

¿La DIAN puede corregir un dato incorrecto de la información exógena?

Cuando el dato fue reportado por un tercero, la corrección debe realizarla la persona o entidad que suministró esa información a la DIAN.

¿Puedo presentar la declaración aunque no utilice la sugerida?

Sí. La declaración sugerida es opcional. Si está obligado a declarar, puede diligenciar el Formulario 210 utilizando la información y los soportes que correspondan a su situación.

¿Una declaración de renta siempre genera un valor a pagar?

No. La obligación de presentar la declaración y la existencia de un impuesto a cargo son asuntos distintos. El resultado depende de la situación tributaria de cada contribuyente.

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